Placas solares en comunidad de vecinos: ¿hay que pedir permiso?
¿Quieres colocar placas solares en casa y no sabes si tienes que pedir permiso a la comunidad de vecinos antes de hacerlo? ¿Tienes dudas sobre si es posible que toda la finca se beneficie de una misma instalación fotovoltaica? En este artículo, respondemos a todas las dudas que te hayan podido surgir respecto a la instalación de placas solares en una comunidad de vecinos.
¿Cuál es el marco legal al respecto?
La normativa básica sobre cualquier aspecto relacionado con comunidades de vecinos se encuentra en la Ley de Propiedad Horizontal; es a ella a la que tendremos que remitirnos si queremos saber cuáles son los requisitos para instalar paneles solares para autoconsumo privativo o colectivo: sistema de aprobación por mayorías, exenciones…
Ten en cuenta: A veces, los estatutos de la comunidad de propietarios establecen algo diferente a la LPH en lo relativo a instalar placas solares en una comunidad de vecinos. En estos casos de conflicto, la Ley de Propiedad Horizontal prevalece sobre los estatutos.
¿Cuándo hay que pedir permiso para instalar placas solares a la comunidad de vecinos?
Saber si es necesario o no pedir permiso dependerá del tipo de instalación que se vaya a realizar:
Instalación individual en tu propia vivienda
En el caso de las instalaciones individuales, no es necesario pedir permiso si la instalación se realiza dentro de tu propia vivienda, en un espacio como tu balcón o terraza. Esto se debe a que estos lugares son elementos privativos de la vivienda. Sin embargo, resulta siempre recomendable avisar previamente a la comunidad de vecinos de que se va a realizar esta instalación.
Ahora bien, si deseamos colocar nuestros paneles solares de 400W en un espacio como la fachada de nuestra vivienda o en su tejado (si, por ejemplo, vivimos en una vivienda adosada), sí que deberemos solicitar permiso a la comunidad, ya que supone una alteración significativa de un elemento común.
¿Cuántos votos a favor se necesitan?
Una vez se ha solicitado permiso a la comunidad, se realiza una votación en junta de propietarios. Una instalación de carácter privativo necesita la aprobación de al menos un tercio de las cuotas de participación.
Uso privativo en zona comunitaria
Si lo que deseas es aprovechar una zona comunitaria (como la azotea del edificio) para colocar tu instalación fotovoltaica, debes pedir permiso para saber si te permiten colocar tus paneles solares en la comunidad de vecinos.


¿Cuántos votos a favor se necesitan?
Debes contar con el voto a favor de al menos un tercio de los propietarios, que representen a su vez un tercio (o más) de las cuotas de participación.
¿Qué ocurre si no lo autorizan?
En caso de no alcanzar la mayoría establecida, no se puede realizar la instalación. Si, aún así, procedes a realizarla, te arriesgas a la demanda de la comunidad de vecinos. Ahora bien, siempre existe la posibilidad de volver a solicitarlo para su votación en la próxima junta.
¿Podemos aprovechar los paneles solares en una comunidad de vecinos para autoconsumo colectivo?
Es perfectamente posible colocar placas solares en comunidades de vecinos para autoconsumo colectivo, y se regula en el Real Decreto 244/2019. La única condición es que todos los vecinos estén a menos de 500m de distancia de la instalación fotovoltaica (lo cual no es difícil en un edificio, ya que se suele colocar en la azotea común).
En este caso, la aprobación del proyecto en junta requiere de una mayoría simple, es decir, el voto favorable de más del 50% de los propietarios, que representen a su vez más del 50% de las cuotas de participación.
¿Cómo se reparte la energía?
Existen varias opciones para utilizar la energía generada por las placas solares en la comunidad de vecinos:
La energía generada se usa únicamente en las zonas comunes del edificio (ascensor, iluminación de la entrada, descansillos y escaleras…).
Distribución de la energía entre las viviendas. Este modelo de reparto requerirá del establecimiento de acuerdos entre los vecinos, y puede adoptar varias formas:
Según cuotas de participación.
Según el consumo histórico de cada vivienda.
Según la aportación económica de cada vecino a la instalación.
Utilizando coeficientes de reparto dinámico: la distribución de energía se adapta al consumo real de cada vivienda para lograr un reparto más eficiente y evitar las pérdidas de energía.
Sea cual sea la decisión, el modelo de reparto debe quedar reflejado en acta para establecer claramente las obligaciones y derechos de cada propietario y evitar desacuerdos futuros.
Reparto de costes
El reparto de los costes de los paneles solares dependerá siempre de los acuerdos alcanzados sobre el reparto de la energía: según cuota de participación, consumo de energía de la vivienda o aporte económico acordado.
Preguntas frecuentes al respecto (FAQ)
¿Puede la comunidad de vecinos solicitar ayudas para la instalación de paneles solares?
Por supuesto. Las comunidades de vecinos pueden solicitar ayudas como subvenciones a la mejora de la eficiencia energética del edificio o deducciones en el IRPF sobre el coste de la instalación; de hecho, solo ellas pueden beneficiarse de la deducción más elevada, del 60%.
¿Quién se encarga del mantenimiento de la instalación?
Si hablamos de una instalación de placas solares en una comunidad de vecinos para uso colectivo, la responsabilidad de su mantenimiento es una obligación para todos los que participan de su uso. En estos casos, lo más sencillo es contratar a un profesional que realice un mantenimiento periódico y compruebe, al mismo tiempo, el desgaste del cableado y otros componentes eléctricos.
¿Qué ocurre si un vecino no quiere participar?
En el caso de una instalación fotovoltaica colectiva para uso y disfrute del edificio, no se puede obligar a participar del coste a aquellos vecinos que voten en contra si este supera las 9 mensualidades de gastos comunes (una vez descontadas las ayudas que se pueden obtener). Sin embargo, si el coste no supera las 9 mensualidades de gastos comunes anuales, todos los propietarios estarán obligados a participar de la instalación, sea cual sea su voto.
Además, la comunidad puede establecer la posibilidad de que estos vecinos se enganchen posteriormente a la instalación fotovoltaica, lo que conllevaría nuevos acuerdos de participación y reparto de la energía.