¿Se debe legalizar un kit solar autoinstalable?

EcoFlow

El desarrollo de la tecnología fotovoltaica ha dado lugar a opciones cada vez más accesibles y eficientes, permitiendo un mayor acceso a la energía solar. Los kits fotovoltaicos autoinstalables Plug & Play son un buen ejemplo de ello: fáciles de usar, pueden ser instalados por el propio usuario con tan sólo conectar sus cables a la red eléctrica o a los dispositivos que desea cargar. Sin embargo, es normal que surjan dudas al respecto de estas soluciones, y la más importante de ellas es ¿se debe legalizar un kit solar autoinstalable? En este artículo, respondemos a la pregunta y explicamos el procedimiento.

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¿Debemos legalizar nuestro kit solar autoinstalable?

La necesidad de legalizar un kit solar autoinstalable de autoconsumo depende de su potencia y conexión a la red eléctrica

  • Si tiene una potencia inferior a los 800W y no vierte sus excedentes a la red (y, por lo tanto, cuenta con un dispositivo de antivertido), no sería necesario legalizarlos. 

  • En cambio, si su potencia es igual a superior a 800W o está conectado a la red eléctrica, su legalización es obligatoria.


Ahora que conocemos los supuestos en que estamos obligados a legalizar nuestro kit autoinstalable, pasamos a ver cómo hacerlo. 

¿Cómo legalizarlo?

En España, la ley que regula el autoconsumo fotovoltaico en general es el Real Decreto 244/2019. En ella se establecen todas las condiciones administrativas y técnicas del autoconsumo. 

En lo que respecta a la legalización, hay que entender que se trata, ante todo, de una garantía de seguridad, que confirma que la instalación fotovoltaica cumple con las normativas vigentes y funciona de forma segura.

Procedimiento

Aunque el procedimiento de legalización varía según la potencia del sistema y si se acoge o no al sistema de compensación de excedentes, vamos a proporcionar aquí una guía de los pasos generales a seguir:

  1. Elaboración de documentación técnica: Memorias Técnicas de Diseño (MTD), si es una instalación de menos de 10kW, o proyectos visados por un técnico competente, si su potencia es mayor. 

  2. Obtención de permisos y licencias para la instalación.

  3. Ejecución de la instalación fotovoltaica

  4. Obtención del Certificado de Instalación Eléctrica (CIE)

  5. Inscripción en el Registro de Autoconsumo correspondiente de nuestra Comunidad Autónoma.

¿Quién se encarga de hacerlo?

La legalización de la instalación debe correr a cargo de un profesional autorizado o una empresa instaladora. Y es que únicamente ellos tienen la formación necesaria para garantizar que la instalación fotovoltaica cumple con todas las normativas técnicas y de seguridad. Son, además, los únicos profesionales capacitados para elaborar la documentación técnica requerida. Es decir, aunque nosotros podemos instalar el kit solar, no podemos legalizarlo: debemos recurrir a profesionales competentes. 

Legalización según el tipo de instalación de autoconsumo

Como hemos adelantado anteriormente, la legalización de un kit solar autoinstalable depende de si se trata de un sistema con o sin compensación de excedentes. Explicamos en mayor detalle los procedimientos específicos para cada modalidad de autoconsumo:

Instalaciones de autoconsumo sin excedentes

Esta modalidad de autoconsumo implica que la totalidad de la producción se consume por el propio usuario. Para garantizarlo, es necesario instalar un dispositivo de antivertido que impida cualquier inyección de energía a la red. 

Así pues, el procedimiento de legalización es sencillo: 

  1. Elaboración de la documentación técnica: MTD para instalaciones de potencia inferior a 10kW, y proyecto técnico visado si su potencia supera los 10kW. 

  2. Obtención de los permisos municipales: licencia de obras o declaración responsable, según la normativa de nuestro ayuntamiento.

  3. Instalación de nuestro kit solar, que, al ser autoinstalable, podemos realizar nosotros mismos. 

  4. Obtención del CIE, que elabora un técnico competente y certifica que la instalación cumple con los requisitos de seguridad establecidos en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT). 

  5. Inscripción de la instalación en el Registro de Autoconsumo de nuestra Comunidad Autónoma. 

Instalaciones de autoconsumo con venta de excedentes

En el autoconsumo con excedentes, la instalación está diseñada para que la energía sobrante se vierta a la red eléctrica. Hay dos tipos de autoconsumo con excedentes:

  • Con compensación simplificada. Recibimos una compensación por la energía vertida, que se traduce en un descuento en nuestra factura de la luz. 

  • Sin compensación. La energía sobrante se vende en el mercado eléctrico, generando unas obligaciones fiscales.


Para esta modalidad de autoconsumo, el procedimiento de legalización de la instalación sería el siguiente:

  1. Elaboración de documentación técnica (MTD o proyecto visado).

  2. Obtención de permisos municipales

  3. Solicitud de permisos de acceso y conexión a la red eléctrica a la empresa distribuidora de energía.

  4. Instalación del kit solar, incluyendo contadores para verificar el vertido de energía a la red.

  5. Obtención del CIE

  6. Firma del contrato de compensación o venta

    1. Si nos acogemos a la compensación simplificada, se debe firmar un contrato de compensación de excedentes con nuestra comercializadora de energía. 

    2. Si, por el contrario, optamos por la venta de excedentes, debemos asegurarnos de cumplir con los requisitos establecidos, incluyendo inscribirnos en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica.

  7. Inscripción de la instalación en el Registro de Autoconsumo de nuestra CCAA. 


Como vemos, la legalización de este tipo de instalaciones es más compleja, ya que requiere firmar contratos, conseguir permisos de acceso y conexión a la red, instalación de contadores de energía…

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Preguntas frecuentes sobre legalizar un kit solar autoinstalable (FAQ)

¿Cuánto cuesta legalizar un kit solar?

El precio de para legalizar un kit solar depende de varios factores, pero, fundamentalmente, lo dicta el tamaño y potencia de la instalación. En general, el precio de legalización de un kit solar doméstico para autoconsumo, dependiendo de la empresa instaladora, costará entre 300 y 1.000€. Si optamos por un modelo de autoconsumo con compensación de excedentes, este precio aumentará, superando fácilmente los 1.000€ y pudiendo llegar hasta los 2.000€

A este coste, además, debemos añadir el de realización de la memoria del proyecto técnico (que de nuevo dependerá del tamaño de la instalación), tasas administrativas, etc.

¿Puedo recibir una multa por instalar paneles solares sin permiso?

Sí. Si realizamos nuestra instalación fotovoltaica sin contar con un permiso de obra, podemos ser multados con entre 300 y 6.000€. Además del riesgo de recibir una multa, una instalación realizada sin permisos no podrá acogerse a los mecanismos de compensación de excedentes, ni solicitar las subvenciones a la energía solar vigentes. 

Por otro lado, debemos tener en cuenta que este permiso de obras garantiza también la seguridad de la instalación fotovoltaica, tanto a nivel técnico, asegurando el cumplimiento del REBT, como estructural.

¿Cuánto se tarda en legalizar una instalación de autoconsumo?

Debemos tener en cuenta que legalizar un kit solar autoinstalable no es inmediato. El tiempo que tarda en lograrse se encuentra entre 2 y 3 meses, dependiendo de factores como la obtención de los permisos, la realización del nuevo contrato de autoconsumo (si optamos por la modalidad con compensación simplificada) con la empresa comercializadora…

Kit solar